Antes de comenzar la preparación de una oposición como esta es importante saber si cumplimos los requisitos oposiciones filosofia
y al ser concurso-oposición nos conviene conocer los puntos de baremo de los que disponemos para la fase de concurso
Requisitos oposiciones filosofia
y para el resto de especialidades de profesores de educación secundaria
Para ser admitidos a los procedimientos selectivos, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
Requisitos generales.
A) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que sea de aplicación la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo sobre la libre circulación de trabajadores y la norma que se dicta para su incorporación al ordenamiento jurídico español, en concreto, lo establecido en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
B) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.
C) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al Cuerpo y especialidad a los que se opta.
D) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes a los que se refiere el punto A) de este apartado, cuya nacionalidad no sea la española, deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
E) No ser funcionario de carrera, funcionario en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento como funcionario de carrera del mismo Cuerpo al que se pretenda ingresar, salvo que se concurra a los procedimientos para la adquisición de nuevas especialidades a las que se refiere el Título II de esta convocatoria.
F) No figurar en el Registro Central de Delincuentes Sexuales creado mediante Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, al amparo de la Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor, modificada por la Ley 26/2015 y la Ley 45/2015, de voluntariado, en donde se establece la obligatoriedad de la aportación de la certificación negativa del registro citado con anterioridad.
Requisitos específicos para participar por el procedimiento de ingreso libre.
Además de los requisitos generales que se establecen en el apartado anterior, los aspirantes deberán reunir los requisitos específicos siguientes para cada uno de los Cuerpos:
Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria:
a) Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de grado correspondiente. En el caso de que las titulaciones alegadas se hayan obtenido en el extranjero, deberá haberse concedido alguno de los siguientes supuestos:
— La correspondiente homologación a Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, si la solicitud se tramitó según lo establecido en el Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero, o en una normativa anterior a ésta.
— La correspondiente equivalencia a nivel académico de Grado en una rama de conocimiento, si la solicitud se tramitó según lo establecido en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre.
— El reconocimiento profesional a las profesiones de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación profesional o Escuelas Oficiales de Idiomas concedido por el Ministerio de Educación Cultura y Deporte al amparo de lo establecido por la Directiva 89/48/CEE y por el Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre.
Asimismo, podrán solicitar su participación en las especialidades que se señalan en el Anexo IV los aspirantes que aun careciendo de la titulación exigida con carácter general, estén en posesión de alguna de las titulaciones declaradas equivalentes a efectos de docencia que para cada una de ellas se establecen en el citado Anexo, conforme a lo establecido en la Disposición Adicional única del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.
b) Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Con carácter general, reunirán este requisito quienes estén en posesión del título oficial de Máster Universitario que habilite para el ejercicio de las profesiones de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación profesional o Escuelas Oficiales de Idiomas. La especialidad que conste en el citado título, facultará para la presentación del aspirante a cualquier especialidad.
De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto1834/2008, de 8 de noviembre, están dispensados de la posesión del citado título quienes acrediten cumplir, con anterioridad al 1 de octubre de 2009, alguno de los siguientes requisitos:
— Estar en posesión del Título Profesional de Especialización Didáctica, del Certificado de Aptitud Pedagógica o del Certificado de Cualificación Pedagógica.
— Estar en posesión del título de Maestro, Diplomado en Profesorado de Educación Gene- ral Básica, Maestro de Primera Enseñanza, Maestro de Enseñanza Primaria o Título de Grado correspondiente o el Título de Licenciado en Pedagogía y Psicopedagogía o de una licenciatura o titulación equivalente que incluya formación pedagógica y didáctica (Disposición transitoria única del Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades). Este último supuesto deberá acreditarse con un certificado del Rector de la Universidad que haya expedido el título.
— Haber cursado 180 créditos de las enseñanzas de Pedagogía y Psicopedagogía, lo que deberá acreditarse mediante certificación de la correspondiente Universidad.
— Haber impartido docencia, antes del término del curso 2008-2009, durante dos cursos académicos completos o, en su defecto, doce meses en periodos continuos o discontinuos en centros públicos o privados de enseñanza reglada debidamente autorizados en las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional o Escuelas Oficiales de Idiomas.
Fase concurso. Baremo oposiciones filosofia
y para el resto de especialidades de profesores de educación secundaria
(Convocatoria 2018)