Bolsa de empleo para ayudante de oficios en Reinosa. Oposiciones Reinosa 2016

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Con fecha 15 de enero se a publicado en el BOC las bases y convocatoria para las pruebas selectivas para la formación de una bolsa de empleo en la categoría de personal laboral de Ayudante de Oficios Piscinas en el ayuntamiento de Reinosa. El proceso es concurso-oposición. Como ya comentábamos se celebrarán Oposiciones en Reinosa en el 2016 al igual que en muchos otros ayuntamiento de Cantabria

Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, se dirigirán al señor alcalde-presidente del Ayuntamiento de Reinosa, conforme al modelo Anexo II a las presentes bases y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Reinosa, el plazo de diez (10) días naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca la publicación de las presentes bases en el Boletín Ofi cial de Cantabria.

Las bases están aqui

Requisitos de los aspirantes

Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los requisitos o condiciones siguientes:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado al que, en virtud de Tratado Internacional celebrado por la Unión Europea y ratificado por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos previstos en el artículo 57 del TRLEBEP.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima prevista para la jubilación forzosa (65 años).

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Poseer la titulación exigida Agrupación Profesional. (No se exige estar en posesión de ninguna titulación prevista en el sistema educativo). Los requisitos anteriores deberán cumplirse por los aspirantes, al momento de terminar el plazo de presentación de instancias.

 

Suerte a todos los que os presenteis y ya sabeis que podeis contar con nosotros para preparar estas pruebas

 

El sistema selectivo constará de una fase de concurso y otra de oposición.

La fase concurso, que será previa a la de oposición, consistirá en la valoración de los siguientes méritos, que lo serán para cada especialidad: a) Formación (hasta un máximo de 1 punto en total): En este apartado se valorará la realización de cursos de formación o especialización relacionados con las tareas a desempeñar y, en concreto, se entenderá los relativos a las siguientes áreas: Mantenimiento de piscinas, instalaciones, edifi cios o similares conforme al siguiente baremo:

— Cursos impartidos por centros ofi ciales autorizados o centros privados homologados a tal efecto, relacionados con la actividad propia de un trabajador de mantenimiento de piscinas, instalaciones, edifi cios o similares: 0,01 por cada hora lectiva o práctica. b) Experiencia laboral (hasta un máximo de 1 punto en total): — Por haber prestado servicios mediante contrato o nombramiento en cualesquiera Administraciones Públicas o centros de ellas dependientes como trabajador de mantenimiento de piscinas, instalaciones, edifi cios o similares: 0,10 por cada mes completo o periodo de 30 días (incluso si la suma deriva de distintos contratos y periodos). — Por haber prestado servicios mediante contrato laboral en cualesquiera empresas, centros o instituciones privados, como trabajador de mantenimiento de piscinas, instalaciones, edifi cios o similares 0,075 por cada mes completo o periodo de 30 días (incluso si la suma deriva de distintos contratos y periodos). La puntuación asignada en los dos apartados anteriores, se entenderá cuando el contrato o nombramiento lo sea a jornada completa. En otro caso si el contrato es a tiempo parcial, se aplicará a tal puntuación la parte proporcional equivalente al porcentaje de la jornada.

 

FASE OPOSICIÓN. La fase de oposición constará de las siguientes pruebas de carácter obligatorio y eliminatorio: a) Prueba teórica. Consistirá en contestar a un cuestionario que contendrá 50 preguntas tipo test basadas en el contenido de la totalidad del programa que fi gura como Anexo I a las presentes bases. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos. Para cada pregunta tipo test se propondrán cuatro respuestas, siendo sólo una de ellas la correcta. Los aspirantes anotarán las contestaciones en las correspondientes hojas de examen.

ANEXO I 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y Contenido. Principios Fundamentales. 2. Nociones elementales de aritmética. Operaciones de cálculo. 3. Conceptos generales sobre albañilería y electricidad. Herramientas, uso y mantenimiento. 4. Reglamento Sanitario de Piscinas de uso Colectivo de Cantabria. Decreto 72/2008 de 24 de julio, modifi cado por Decreto 56/2009. Capítulo IV- Calidad Sanitaria del Agua. 5. Reglamento Sanitario de Piscinas de uso Colectivo de Cantabria. Decreto 72/2008 de 24 de julio, modifi cado por Decreto 56/2009. Capítulo VII – Autocontrol. 6. Reglamento Sanitario de Piscinas de uso Colectivo de Cantabria. Decreto 72/2008 de 24 de julio, modifi cado por Decreto 56/2009. Anexo II. 7. Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas.

b) Prueba práctica. Consistirá en realizar, en un período máximo de dos horas, uno o varios supuestos prácticos determinadas por el órgano de selección, relacionados con los trabajos a realizar en el puesto de trabajo.

 

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