Publicada en el día de hoy la nueva
Convocatoria oposiciones Guardia Civil 2018
En la Convocatoria oposiciones Guardia Civil 2018 se ofrecen 1043 plazas libres, 812 plazas para militares, y 175 plazas para alumnos del colegio Guardias Jóvenes.
Las instancias las podréis presentar a partir de mañana y tendréis 15 días hábiles para hacerlo.
IMPORTANTE: se puede presentar la instancia con 17 años si se cumple 18 en 2018.
¡¡¡OJO hay cambios en la baremación!!!
PASAMOS A SEÑALAR PARTES IMPORTANTES DE LA CONVOCATORIA OPOSICIONES GUARDIA CIVIL 2018
Bases de la convocatoria 1. Normas generales
1.1 En virtud del artículo 4.1 del Real Decreto 188/2018, de 2 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 81, de 3 de abril), por el que se aprueba la oferta de empleo público en los ámbitos de personal docente no universitario de la Administración del Estado, Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y de estabilización de personal docente no universitario de la Administración General del Estado, para el año 2018, se convocan pruebas selectivas, por el sistema de concurso-oposición, para cubrir dos mil treinta (2.030) plazas para el acceso directo en la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, distribuidas de la siguiente forma:
a) Ochocientas doce (812) plazas para militares profesionales de tropa y marinería de las Fuerzas Armadas que lleven como mínimo cinco años de servicios efectivos como tales y que no hayan finalizado su compromiso con las Fuerzas Armadas, en la fecha que finalice el plazo de admisión de instancias.
b) Ciento setenta y cinco (175) plazas para los alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes.
c) Mil cuarenta y tres (1043) plazas libres.
Requisitos que deben reunir los aspirantes
2.1 Los aspirantes deberán reunir, en la fecha que finalice el plazo de admisión de instancias y mantener durante el proceso selectivo y los periodos de formación, los siguientes requisitos:
- 2.1.1 Poseer la nacionalidad española.
- 2.1.2 No estar privado de los derechos civiles.
- 2.1.3 Carecer de antecedentes penales.
- 2.1.4 No hallarse incurso en algún procedimiento judicial por delito doloso como
procesado, investigado judicialmente o acusado con declaración de apertura de juicio oral correspondiente.
2.1.5 No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
2.1.6 Tener cumplidos dieciocho (18) años en el año 2018. A estos efectos se entiende que reúne dicha condición el aspirante que cumpla 18 años durante el año 2018, aunque su incorporación a una escala quedará supeditada a tener cumplida esa edad.
2.1.7 No superar durante el año 2018 la edad de cuarenta (40) años (no tener cumplida, ni cumplir durante el año 2018 la edad de 41 años).
2.1.8 Poseer la aptitud psicofísica necesaria para cursar los respectivos planes de estudios, que será acreditada mediante la superación del reconocimiento y las pruebas que se determinen en esta convocatoria.
2.1.9 Estar en posesión de los requisitos de acceso requeridos en el Sistema Educativo Español para acceder a las enseñanzas conducentes a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio:
a) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de un nivel académico superior.
b) Haber superado los módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional inicial.
c) Haber superado el curso de formación específico para el acceso a ciclos de grado medio en centros públicos o privados autorizados por la Administración educativa.
d) Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio o de grado superior, o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
e) Alguna de las titulaciones contempladas en el artículo 18 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
2.1.10 No haber causado baja en un centro docente por las razones establecidas en los párrafos c) y d) del artículo 71.2, de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar o en los párrafos d) y e), del artículo 48.1, de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre.
2.1.11 No haber causado baja en un centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, por no superar, dentro de los plazos fijados, las pruebas y materias previstas en los planes de estudios correspondientes.
2.1.12 No haberse resuelto su compromiso como militar de tropa y marinería como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales, por imposición de sanción disciplinaria extraordinaria de separación de servicio por aplicación de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, o por la imposición de sanción disciplinaria de resolución de compromiso, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.
2.1.13 Adquirir el compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, conforme a los principios básicos de actuación de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance, que se prestará a través de declaración del solicitante.
2.1.14 Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
2.1.15 Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, autoridades o virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Guardia Civil en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Asimismo, tampoco se permiten los tatuajes, argollas, espigas e inserciones, automutilaciones o similares que puedan ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes de uso general del Cuerpo de la Guardia Civil cuya denominación, composición y utilización se recogen en la Orden General n.o 12, de 28 de diciembre de 2009 («Boletín Oficial de la Guardia Civil» n.o 1, de 12 de enero de 2010) y en la Orden INT/77/2014, de 22 de enero, por la que se regula el uso general del uniforme del Cuerpo de la Guardia Civil y sus modificaciones posteriores.
Instancias
3.1 Plazo: Quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Proceso selectivo
5.1 La fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos del admitido a las pruebas, justificados de acuerdo con el Apéndice I de este anexo.
5.2 La fase de oposición se ajustará al régimen establecido en la Orden de 9 de abril de 1996, y a lo previsto en el Reglamento aprobado por Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo, y constará de las siguientes pruebas:
- a) Ortografía.
- b) Conocimientos.
- c) Lengua extranjera.
- d) Psicotécnica.
- e) Aptitud psicofísica, que a su vez se dividirá en:
Prueba de aptitud física. Entrevista personal. Reconocimiento médico.
5.3 Salvo que lo determine el Tribunal de Selección, en ningún caso, se permitirá el uso de diccionarios, libros, apuntes, calculadoras o cualquier otro tipo de ayudas. Además, está prohibida la entrada en el aula de examen y en las de entrevistas personales con teléfonos móviles o con cualquier dispositivo que permita la grabación, reproducción, transmisión o recepción de datos, imágenes o sonidos.
El incumplimiento de esta norma llevará consigo la eliminación del aspirante del proceso de selección y la pérdida de los derechos de examen.
5.4 El lugar, fecha y hora de presentación a las pruebas se anunciará por el Tribunal de Selección por los medios expresados en la base 4.11.
Desarrollo de las pruebas selectivas
6.1 Las pruebas selectivas se desarrollarán en el orden que determine el Tribunal de
Selección, con las particularidades que seguidamente se detallan.
6.1.1 Prueba de ortografía: Consistirá en la realización de un ejercicio de ortografía. El tiempo para esta prueba será de diez (10) minutos.
6.1.2 Prueba de conocimientos: Consistirá en la contestación a un cuestionario de cien (100) preguntas concretas, tipo test, extraídas de los temas que figuran en el Apéndice «A» del anexo a la Orden de 9 de abril de 1996., además se contestarán las cinco (5) preguntas de reserva que figuran en el cuestionario. El tiempo para la realización de esta prueba será de una hora y treinta y cinco (1 h. 35 min.) minutos.
Las preguntas de reserva, solamente, serán valoradas en el caso de que el Tribunal de Selección anule alguna de las anteriores y siguiendo el orden establecido en el cuadernillo. 6.1.3 Prueba de lengua extranjera: Consistirá en la contestación a un cuestionario de veinte (20) preguntas sobre el idioma inglés, además contestarán una (1) pregunta de reserva que figura en el cuestionario. El tiempo para realizar esta prueba será de veintiún (21) minutos. Las pregunta de reserva, solamente, será valorada en el caso de que el Tribunal de Selección anule alguna de las anteriores y siguiendo el orden establecido en el cuadernillo.
Para estas pruebas irán provistos de bolígrafo de tinta de color negro.
6.1.4 Prueba psicotécnica: Consistirá en la evaluación de la capacidad de los aspirantes para adecuarse a las exigencias derivadas, tanto del periodo académico como alumno de un centro de formación, como de su futura adaptación al desempeño profesional. Constará de dos partes:
a) Aptitudes intelectuales: Se evaluarán mediante la aplicación de tests de inteligencia general y/o escalas específicas que evalúen la capacidad de aprendizaje, análisis, razonamiento y potencial cognitivo.
b) Perfil de personalidad: Se evaluarán mediante tests que exploren las características de personalidad, aptitudinales y motivacionales.
Los resultados de las pruebas psicotécnicas aplicadas serán tenidos en cuenta para determinar la adecuación del candidato al perfil profesional de la Guardia Civil.
Para la realización de las pruebas psicotécnicas escritas se podrá utilizar lápiz además de bolígrafo de tinta de color negro.
6.1.5 Pruebas de aptitud física: Consistirá en la realización de los ejercicios físicos descritos en el Apéndice II de esta Convocatoria, donde se determinan las marcas mínimas a superar en cada uno de ellos. El Tribunal de Selección podrá determinar el orden de ejecución de los ejercicios pudiéndose realizar varios de ellos simultáneamente, en este caso deberá estar presente en cada uno de ellos, al menos, un miembro del Tribunal de Selección.
6.1.6 Entrevista personal: Destinada a contrastar y ampliar los resultados de las pruebas psicotécnicas.
6.1.7 Reconocimiento médico: Se aplicará el cuadro médico de exclusiones del Apéndice «B» del anexo a la Orden de 9 de abril de 1996, así como el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 21 de octubre de 2005, por el que se elimina la disartría o tartamudez manifiesta como causas de exclusión para el acceso a las Fuerzas Armadas y Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.