Publicada en el día de ayer la convocatoria vamos a ver las
Novedades oposiciones Guardia Civil 2018
Procedimiento de inscripción:
La solicitud de admisión a este proceso se realizará preferentemente por vía electrónica a través de la Sede Electrónica de la Guardia Civil (https://sede.guardiacivil.gob.es/): seleccionando el procedimiento de «Solicitud de Ingreso en la Escala de Cabos y Guardias» en la modalidad que corresponda según el pago de tasas (sin reducción, con bonificación o exención). Para acceder a este procedimiento podrá utilizar cualquiera de los métodos de identificación aceptados en la plataforma cl@ ve (DNIe/Certificado electrónico, Cl@ve PIN, Cl@ve Permanente).
Esta opción permite:
– La inscripción íntegramente electrónica.
– Pago de tasas.
– Firma electrónica de la solicitud.
– Obtención del justificante de registro.
– Consulta del estado de su expediente en el apartado «Mis expedientes».
La prueba de lengua extranjera se valorará de cero (0) a veinte (20) puntos, para superarla será necesario alcanzar una puntuación mínima de ocho (8) puntos, siendo declarados «no aptos» quienes no alcancen dicha puntuación mínima, que quedarán apartados del proceso selectivo.
BAREMACIÓN
- Méritos profesionales La puntuación obtenida por méritos profesionales será la suma de los que se posean, conforme a los apartados de este punto, no pudiendo rebasar los 12 puntos. Para la justificación de estos méritos se consultará las bases del Ministerio de Defensa o se presentará un certificado de los servicios prestados en la Administración General del Estado, según proceda. A) Exclusivo para plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería (conforme a la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería):
1.1 Haber cumplido el servicio militar como militar de reemplazo: 0.75 puntos.
1.2 Tiempo de servicios prestados como militar de tropa y marinería: Quienes ostenten dicha condición: Por años completos de servicios como militar de tropa y marinería (conforme a la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería), hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias: 0.75 puntos por cada año completo de servicio hasta un máximo de 7 puntos.
1.3 Por el empleo máximo alcanzado como militar profesional, en la actualidad o con anterioridad, en cualquier Ejército:
– Cabo: 2 puntos.
– Cabo 1.º: 3 puntos.
– Suboficial: 4 puntos.
– Oficial: 7 puntos.
- B) Exclusivo para plazas de acceso libre:
1.4 Haber cumplido el servicio militar como militar de reemplazo: 0.75 puntos.
1.5 Por cada año completo de servicio en la Administración General del Estado (incluidos de militar): 0.75 puntos.
1.6 Por la categoría de pertenencia, conforme al empleo máximo alcanzado, como militar, en cualquier Ejército, Cuerpo o Escala:
– Tropa y marinería: 1,5 puntos.
– Suboficial: 4 puntos.
– Oficial: 7 puntos.
1.7 Tiempos de servicios prestados como Reservista Voluntario desde que se adquiera la citada condición 0,02 puntos/mes.
- Otros méritos La puntuación obtenida por otros méritos será la suma de los que se posean, conforme a los apartados de este punto, no pudiendo rebasar los 28 puntos.
2.1 Idiomas. Por cada idioma, solamente se contabilizará una acreditación de un perfil lingüístico SLP o un certificado oficial de la Escuela Oficial de Idiomas.
2.1.1 Acreditación de un perfil lingüístico SLP del STANAG 6001 de la OTAN en idiomas extranjeros (Alemán, Árabe, Francés, Inglés, Italiano, Portugués y Ruso)
– Perfil lingüístico SLP 5.5.5.5: 8 puntos.
– Perfil lingüístico SLP 4.4.4.4 ó superior: 6 puntos.
– Perfil lingüístico SLP 3.3.3.3 ó superior: 4 puntos.
– Perfil lingüístico SLP 2.2.2.2 ó superior: 2 puntos.
2.1.2 Certificado oficial de la Escuela Oficial de Idiomas extranjeros (Alemán, Árabe, Francés, Inglés, Italiano, Portugués y Ruso), a tenor de los establecido en el artículo 7.9 del Real Decreto 1041/2017 de 22 de diciembre. Para un idioma concreto solamente se contabilizará el título o certificado aportado de mayor puntuación según el siguiente baremo:
– Certificado Oficial de una Escuela Oficial de Idiomas de nivel avanzado C2 o su equivalente según Anexo II del RD 1041/2017, de 22 de diciembre: 7 puntos.
– Certificado Oficial de una Escuela Oficial de Idiomas de nivel avanzado C1 o su equivalente según Anexo II del RD 1041/2017, de 22 de diciembre: 5 puntos.
– Certificado Oficial de una Escuela Oficial de Idiomas de nivel Intermedio B2 o su equivalente según Anexo II del RD 1041/2017, de 22 de diciembre: 3 puntos.
2.2 Títulos Académicos. Estar en posesión de título o certificado de:
– Doctor: 8 puntos.
– Master Universitario Oficial obtenido con titulación equivalente a MECES 3: 7 puntos.
– Master Universitario Oficial obtenido con titulación equivalente a MECES 2: 6 puntos.
– Licenciado, Ingeniero o Arquitecto equivalente a MECES 3: 5 puntos.
– Grado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico equivalentes a MECES 2 : 4 puntos.
– Técnico Superior o Técnico Especialista: 3 puntos.
– Bachiller LOE 2/2006, de 3 de mayo, o equivalente académico: 2 puntos
2.3 Permisos de conducción. Estar en posesión de:
– Permiso de Conducción de la clase A o A2: 3 puntos.
– Permiso de Conducción de las clases C1, C, C1+E, D1, D, D1+E: 1 punto.
– Permiso de Conducción de las clases C+E, D+E: 3 puntos.