El día 6 de noviembre se ha publicado en el BOC la convocatoria para concurso-oposición en Rasines

Oposiciones auxiliar administrativo cantabria

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PRIMERA.- Objeto de la convocatoria.

Es objeto de las presentes bases la provisión en propiedad de la plaza que se incluyen en la Oferta Pública de Empleo correspondiente al ejercicio del año 2017, aprobada por Resolución de Alcaldía no 5 de fecha 8 de febrero de 2017 y publicada en el Boletín Oficial de Cantabria no 38 de fecha 23 de febrero de 2017 cuyas características son:

Grupo: C.
Subgrupo: C2.
Clasificación: Administración General. Denominación: Auxiliar Administrativo. No de Vacantes: 1.

Son funciones principales de las plazas objeto de la presente convocatoria la realización, con utilización de los medios mecánicos o técnicos que se les asignen, de tareas mecano- gráficas, manejo de programas informáticos, atención al público, cálculo sencillo, registro de entrada y salida de documentos, colaboración en la gestión de expedientes y archivo de los mismos y otras de similares características, así como tareas de colaboración en la gestión pre- supuestaria y tributaria y otras de naturaleza análoga recogidos en la valoración de puestos de trabajo aprobada por el Pleno en sesión extraordinaria de 25 de octubre 2011.

El sistema selectivo elegido es el de concurso-Oposiciones auxiliar administrativo.

SEGUNDA.- Condiciones de admisión de los aspirantes.

Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requi- sitos:

a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comu- nidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.

e) Estar en posesión del título de graduado en ESO o equivalente, expedidos por el Estado Español o debidamente homologados.

TERCERA.- Forma y plazo de presentación de instancias.

Las solicitudes, requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opta, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Rasines, y se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

No obstante, en el caso de que se remitan por correo postal o ante otros órganos adminis- trativos, Delegación del Gobierno, Registros Autonómicos etc, el aspirante deberá necesaria y obligatoriamente adelantar por fax al 942 676 861 la presentación de su solicitud dentro del plazo establecido en las presentes bases. Se advierte que no se tendrán en cuenta y serán descartadas automáticamente todas aquellas solicitudes presentadas en dichos registros, res- pecto a las cuales no se hubiera adelantado por fax dicha presentación, o cuya presentación se produzca transcurrido el plazo legal para hacerla. La solicitud conforme al modelo indicado deberá ir firmada, no admitiéndose el registro de solicitudes fotocopiadas, ni la mera presen- tación por correo electrónico.

La solicitud deberá ir acompañada por:

— Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte.

— Fotocopia del título exigido para tomar parte en la convocatoria

— Documentación acreditativa de los méritos que se aleguen a efectos de valoración en la fase de concurso.

Con carácter general los méritos que, en su caso, pudieran ser alegados por los aspirantes para su valoración en el presente proceso de selección, deberán acreditarse documentalmente en los términos establecidos en las presentes bases, sin que el Tribunal pueda presumir la concurrencia de mérito alguno distinto de los alegados y justificados documentalmente dentro del periodo de presentación de instancias, salvo causas de fuerza mayor alegadas en el mo- mento de presentación de la solicitud de admisión a este proceso de selección, siendo de la exclusiva responsabilidad del aspirante la falta o defecto en la acreditación de los méritos por el alegados que impida al Tribunal su valoración en términos de igualdad con respecto al resto de los aspirantes.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se admitirá ninguna documentación adicional.

SEXTA.- Procedimiento de selección:

El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:

— Oposición.

— Concurso.

Fase oposición:

La fase de oposición consistirá en la realización de dos pruebas de aptitud eliminatorias y obligatorias para los aspirantes.

Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.

En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.

El ejercicio de las pruebas será obligatorio y eliminatorio, calificándose hasta un máximo de diez puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de cinco puntos.

Los ejercicios de la oposición se realizarán en un único día.

Terminado el primero se hará un receso de veinte minutos antes del comienzo del segundo ejercicio.

Primer ejercicio:

El primer ejercicio tendrá una duración de 30 minutos y se calificará de 0 a cuatro puntos.

Consistirá en ejercicio tipo test de un máximo de 20 preguntas de repuesta múltiple sobre las materias contenidas en la parte general del anexo II de esta convocatoria. Por cada pre- gunta se propondrán cuatro respuestas, siendo solo una de ellas la correcta.

Las contestaciones correctas se valorarán positivamente con +0,20 puntos. Las erróneas se valorarán negativamente con -0,05 puntos. Las contestaciones en blanco no penalizarán.

Segundo ejercicio:

El segundo ejercicio tendrá una duración de noventa minutos y se calificará de 0 a seis puntos.

Consistirá en la resolución de seis ejercicios prácticos relacionados con la materia del tema- rio. Cada uno de los ejercicios tendrá el valor máximo de un punto.

En la valoración del presente ejercicio el Tribunal apreciará, fundamentalmente, la capa- cidad y formación general y específica, la claridad de ideas, el nivel de conocimiento de las materias, la precisión, síntesis y rigor, la calidad de expresión escrita, así como la correcta redacción, ortografía y presentación.

La puntuación de este ejercicio se hallará calculando la media aritmética de las puntuacio- nes otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal.

Por el Tribunal se deberá garantizar el anonimato de los aspirantes adoptándose las previ- siones que resultaran oportunas al objeto de garantizar tal anonimato en sus fases de ejecu- ción y posterior valoración de los ejercicios.

Fase concurso:

Para valorarse la fase de concurso los aspirantes habrá de obtenerse necesariamente en la fase de oposición un mínimo de cinco puntos.

Durante esta fase se valorará la experiencia laboral en un puesto de iguales características del que es objeto la convocatoria.

— A 0,10 por cada mes de trabajo como auxiliar administrativo en cualquier administración pública. Con un máximo de 5 puntos.

La acreditación de los servicios prestados como auxiliar administrativo, de la Subescala Auxiliar de Administración General se efectuará mediante certificación expedida por el órgano o funcionario que tenga atribuida la fe pública en la administración correspondiente, en la que deberá especificarse el periodo, expresado en años y meses, de desempeño de la plaza o puesto de trabajo.

Bolsa de Empleo:

Terminado el proceso selectivo, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios de la Cor- poración la relación de aspirantes que no figurando en la relación de aspirantes propuestos para su nombramiento como funcionario de carrera, han superado el proceso selectivo, res- pecto de los cuales se propondrá a la Alcaldía-Presidencia la constitución de la Bolsa de Empleo de personal auxiliar administrativo del Ayuntamiento de Rasines integrada por los candidatos ordenados por orden de puntuación, de mayor a menor. La Bolsa de Empleo será utilizada para los casos en que proceda realizar nombramientos interinos o contrataciones laborales tempo- rales para atender necesidades urgentes e inaplazables y que afecten a servicios municipales esenciales o de carácter prioritario que suponga la vacante temporal de un puesto de trabajo de auxiliar administrativo del Ayuntamiento de Rasines, siempre que así se acuerde por los órganos municipales competentes con estricta sujeción a las limitaciones que en materia de nombramientos interinos o contrataciones laborales temporales establezcan la normativa bá- sica estatal.

La Bolsa de Empleo tendrá una vigencia de cinco años desde su aprobación. El llamamiento se efectuará al integrante que ocupe el primer lugar en la bolsa de empleo, y así por riguroso orden de puntuación. La forma normal de localización será vía SMS, e-mail, o WhatsApp con- forme a los datos consignados en la solicitud, que deberán ser debidamente comunicados por escrito en caso de cambio o variación, siendo responsabilidad exclusiva del solicitante tanto los errores en su consignación como la falta de comunicación de cualquier cambio.

ANEXO II TEMARIO

Tema 1.- Constitución Española de 1978. Estructura. Principios Generales.
Tema 2.- Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía.
Tema 3.- El procedimiento administrativo general. Concepto y regulación. Fases. El procedimiento administrativo en la Administración Local.
Tema 4.- El acto administrativo. Concepto, clases y elementos. Motivación y forma. Eficacia del acto administrativo. Ejecutividad y ejecutoriedad. Efectos: demora y retroactividad. Notificación del acto administrativo: contenido, plazos y práctica de la notificación. La notificación defectuosa. La publicación.
Tema 5.- El registro de entrada y salida de documentos. Requisitos para la presentación de documentos. Los interesados. Términos y plazos.
Tema 6.- Los recursos administrativos en la esfera local. Concepto. Clases.
Tema 7.- El municipio. El término municipal. La población. El empadronamiento. Derechos de los vecinos. Información y participación ciudadana.
Tema 8.- El alcalde. Elección, remoción y cese. Competencias. Los Tenientes de Alcalde.
Tema 9.- El Ayuntamiento Pleno. Composición y funciones. La Junta de Gobierno Local.
Composición y funciones en los municipios de régimen común. La organización complementaria en los ayuntamientos.
Tema 10.- Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día.
Las sesiones. Clases. Actas y certificados de acuerdos. Las resoluciones del alcalde. Tema 11.- La potestad reglamentaria de las entidades locales. Órganos titulares. Las Ordenanzas. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación. La publicación de las normas locales. Los bandos.
Tema 12.- Los bienes de las entidades locales. El dominio público y los bienes patrimoniales.
Disfrute y aprovechamiento. Aprovechamientos forestales. El inventario de bienes. Prerrogativas de las Entidades Locales respecto a sus bienes.
Tema 13.- Los contratos de las Administraciones Públicas. Contratos administrativos. Contratos privados. Órganos de contratación. Objeto de los contratos. Precio. Requisitos para contratar con la administración: capacidad, solvencia, prohibiciones, clasificación.
Tema 14.- La selección del contratista. Procedimientos, formas y criterios de adjudicación. Garantías, perfeccionamiento y formalización del contrato.
Tema 15.- La clasificación del suelo en la Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio. Actos sujetos a licencia urbanística y procedimiento de concesión de licencias. Tema 16.-La inspección urbanística. Protección de la legalidad urbanística, infracciones y sanciones en la Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio.
Tema 17.- Las Haciendas Locales. Tasas, contribuciones especiales y precios públicos.
Tema 18.- El impuesto sobre bienes inmuebles. El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. El impuesto de actividades económicas. El impuesto sobre incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana. El impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
Tema 19.- Los presupuestos de las entidades locales. Régimen jurídico y principios presupuestarios. Elaboración y aprobación del prepuesto. Las modificaciones de créditos.
Tema 20.- Registro Civil y Juzgado de Paz.

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