Nombramiento Maestros
Gestion territorial del Ministerio de Educacion Cultura y Deporte
El BOE publica hoy el nombramiento maestros como funcionarios de carrera del ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Orden EFP/943/2018, de 5 de septiembre, por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros a los seleccionados en el procedimiento selectivo, convocado por Resolución de 11 de abril de 2017.
Por Resolución de 11 de abril de 2017, de la Subsecretaría («Boletín Oficial del Estado» del 15), el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte convocó procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Maestros para plazas del ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Concluidas todas las fases del citado procedimiento selectivo, el Subsecretario de Educación y Formación Profesional por Resolución de 19 de junio de 2018 declara aptos en la fase de prácticas y aprobados en el mismo a los aspirantes seleccionados, nombrados funcionarios en prácticas por Resolución del Subsecretario de Educación, Cultura y Deporte de 17 de agosto de 2017.
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificado por corrección de errores del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 26 de julio).
Vista la propuesta de la Subsecretaría de Educación y Formación Profesional. Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.
Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros, a los seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Resolución de 11 de abril de 2017, que aparecen relacionados en el anexo a esta orden, con indicación del Número de Registro de Personal, especialidad y puntuación que les corresponde.
Segundo.
Los nombrados a través de la presente orden se considerarán ingresados como funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros, con efectos de 1 de septiembre de 2018, y percibirán el sueldo y demás emolumentos que les correspondan de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Tercero.
Aquellos Maestros de los nombrados que ya sean funcionarios de carrera de otro cuerpo de la Administración del Estado deberán optar por su incorporación a uno de ellos de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Cuarto.
La presente orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, contra esta orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada
Ley 29/1998.
Madrid, 5 de septiembre de 2018.–La Ministra de Educación y Formación Profesional
P.D. (Orden ECD/602/2017, de 20 de junio), el Subsecretario de Educación y Formación Profesional, Fernando Gurrea Casamayor.
ANEXO |Enlace BOC