Bachillerato oposiciones policia nacional a partir de 2016

El pasado 29 de julio se publicaba en el BOE la nueva Ley de Régimen de Personal de la Policía Nacional que entre otras cosas regula las titulaciones de acceso tanto para la categoría de Policía como para la categoría de Inspector. Concretamente, como recoge en su artículo 26 apartado 2, será necesario estar en posesión de las siguientes titulaciones académicas: Titulaciones exigidas Para el acceso a la categoría de Policía, se requerirá el título de bachiller o equivalente (* ver equivalencias al final). Para el acceso a la categoría de Inspector, será exigible el título universitario oficial de grado.

La nueva Ley entra en vigor 20 días después de su publicación en el BOE y aunque hay varias disposiciones transitorias, ninguna afecta al requisito de la titulación por lo que ya en la próxima convocatoria, 2016, se exigirá el título del Bachillerato (o equivalente) para poder presentarse.

Todo esto se hace para cumplir el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público que dice que para los cuerpos y escalas del Grupo A (como Inspector de Policía) será necesario un título universitario de grado. Y para los cuerpos y escalas del Grupo C1 (como Policía) se necesitará el título de Bachiller (o equivalente).

Es decir, que hasta ahora el puesto de Policía Nacional pertenecía al Grupo C2 y a partir de la próxima convocatoria pertenecerá al C1.

Recordad que también hay cambios en los requisitos de los permisos de conducción.

 

Equivalencias al título de Bachiller

Están todas recogidas en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Las podemos resumir así: Equivalentes al título de Bachiller a efectos profesionales (como para las oposiciones a Policía Nacional):

Artículo 4. Equivalencia a efectos profesionales con el título de Bachiller

1. La superación de la prueba de acceso a la formación profesional de grado superior, a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior y a las enseñanzas deportivas de grado superior, …, siempre que se acredite estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente académico.

2. La superación de la prueba de acceso a las enseñanzas artísticas superiores para mayores de diecinueve años…, siempre que se acredite alguno de los siguientes requisitos: a) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos académicos, b) Estar en posesión de la equivalencia establecida en el punto 1 del artículo 3 de la orden, sobre la superación de la prueba de acceso a grado medio c) Haber superado al menos 15 créditos ECTS de las enseñanzas artísticas superiores.

3. La superación de la prueba de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años, …, siempre que se acredite alguno de los siguientes requisitos, a) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos profesionales, b) Haber superado al menos 15 créditos ECTS de los estudios universitarios.

4. Se establece la equivalencia de estudios parciales de algún bachillerato anterior al regulado en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, en determinadas condiciones.

Disposición adicional primera. Otras equivalencias a efectos profesionales. Siempre que en una convocatoria para cubrir determinados puestos de trabajo, ya sea en el ámbito público o en el privado, se requiera estar en posesión o bien del título de Bachiller o bien del título genérico de Técnico, serán equivalentes y válidos para acceder al puesto de trabajo convocado, el título de Bachiller y cualquiera de los títulos de Técnico de las enseñanzas de Formación Profesional, de las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño o de Técnico Deportivo de las enseñanzas Deportivas.

Como veis en la disposición adicional primera se recoge la equivalencia (como requisito de cara a la oposición) del título de Bachiller con el de cualquiera de los títulos de Técnico de la FP, es decir, tanto los de Grado Medio como los de Grado Superior.

 

Con estas nuevas condiciones y teniendo en cuenta que se va a permitir cubrir el 100% de la tasa de reposición (y no el 50% como en la última convocatoria o el 10% de las anteriores) que supondría una convocatoria de unas 2.600 plazas en 2016, aquellos que ya tienen el título de Bachiller se encuentran ante una magnífica oportunidad de superar la oposición.

Por un lado se duplica el número de plazas ofertadas y por otro se reduce el de aspirantes pues Como se calcula que en las últimas convocatorias solo el 30 % tenía el título del Bachillerato, eso supondría una gran reducción en el número de aspirantes con lo que las posibilidades se multiplican por 25 respecto al 2014.

 

Articulo basado en la web requisitospolicianacional.net

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