Equivalencias a Bachillerato para Oposiciones Policia Nacional

En la convocatoria del 2016 para las oposiciones a policia Nacional se aplicará la nueva Ley de Régimen de Personal de la Policía Nacional que entre otras cosas regula las titulaciones de acceso tanto para la categoría de Policía como para la categoría de Inspector.  La nueva Ley entra en vigor 20 días después de su publicación en el BOE y aunque hay varias disposiciones transitorias, ninguna afecta al requisito de la titulación por lo que ya en la próxima convocatoria, 2016, se exigirá el título del Bachillerato (o equivalencias a bachillerato) para poder presentarse.

Todo esto se hace para cumplir el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público que dice que para los cuerpos y escalas del Grupo A (como Inspector de Policía) será necesario un título universitario de grado. Y para los cuerpos y escalas del Grupo C1 (como Policía) se necesitará el título de Bachiller (o equivalente).

Estadísticamente se habla de que aproximadamente un 70% de los aspirantes a las ultimas oposiciones de policia nacional no tenía el titulo de Bachillerato. Si eres uno de esas personas no desesperes! Quizás tengas alguna de las Equivalencias a Bachillerato.

 

Esta información está obtenida de la pagina web del ministerio de educación, cultura y deporte. Y la puedes ver en su origen aqui

 

Equivalencias con el Título de Bachiller

Equivalencias
Títulos o estudios superados Norma reguladora
Título Bachiller LOGSE Real Decreto 806/2006 , de 30 de junio. Art.16
Curso de Orientación Universitaria Real Decreto 986/1991 , de 14 de junio. Anexo I
2º curso de una modalidad de Bachillerato experimental Real Decreto 986/1991 , de 14 de junio. Anexo II
Curso Preuniversitario EDU/1603/2009, de 10 de junio, redacción de la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo. Art.2.3
Maestro de Enseñanza Primaria EDU/1603/2009, de 10 de junio, redacción de la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo. Art.2.4

Equivalencias a efectos laborales. QUE SON LAS QUE NOS INTERESAN

Equivalencias a efectos laborales (o profesionales) recogidas en la normativa:

Equivalencias
Títulos o estudios superados Norma reguladora
  • Título de Bachiller (BUP Ley 14/1970)
  • Cualquier título de Bachiller Superior (general, laboral o técnico)
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Disposición adicional trigesimoprimera.2
La superación de la prueba de acceso a la formación profesional de grado superior, a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior y a las enseñanzas deportivas de grado superior, será equivalente al título de Bachiller, a los únicos efectos de acceso a empleos públicos y privados, siempre que se acredite estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente académico.

 

Art.4.1 de la Orden EDU/1603/2009

La superación de la prueba de acceso a las enseñanzas artísticas superiores para mayores de diecinueve años será equivalente al título de Bachiller, a los únicos efectos de acceso a empleos públicos y privados, siempre que se acredite alguno de los siguientes requisitos:

  • Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos académicos,
  • Estar en posesión de la equivalencia establecida en el punto 1 del artículo 3 de esta orden,
  • Haber superado al menos 15 créditos ECTS superiores (tener en cuenta DA5ª de la Orden EDU/1603/2009 según la redacción de la Orden EDU/520/2011) de las enseñanzas artísticas superiores.

 

Art.4.2 de la Orden EDU/1603/2009

 La superación de la prueba de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años, siempre que se acredite alguno de los siguientes requisitos, o bien estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos académicos o a efectos profesionales, o bien haber superado al menos 15 créditos ECTS de los estudios universitarios (tener en cuenta DA5ª de la Orden EDU/1603/2009 modificado por la Orden EDU/520/2011).
No tendrá validez la equivalencia con el Título de Graduado en ESO a efectos profesionales obtenida según lo establecido en el Art. 3.5 de la Orden EDU/520/2011.

 

Art.4.3 de la EDU/1603/2009 redacción de la Orden EDU/520/2011

Estudios parciales de algún bachillerato anterior a la LOGSE a excepción del Bachillerato Elemental, siempre que se acredite que en su momento se tenía pendiente de superación la prueba de grado superior o reválida o un máximo de dos materias del correspondiente bachillerato.

 

Art.4.4 de la Orden DU/1603/2009

Título de Técnico de FP o de Artes Plásticas y Diseño o Técnico Deportivo, en cualquiera de sus modalidades DA1ª de la Orden EDU/1603/2009
Título de Técnico Auxiliar de la Ley 14/1970 LGE

 

DA31ª.3. de la LOE + DA1ª de la Orden EDU/1603/2009

Acreditación mediante documentos oficiales de la superación de determinados estudios de Enseñanzas Artísticas relacionados en Anexo II de la Orden EDU/520/2011*

* Debe ser emitida una Resolución individualizada por parte de la Administración educativa ante la que se acredite la documentación

 

Art.4.5 de la EDU/1603/2009 redacción de la Orden EDU/520/2011

Las personas interesadas sólo tienen que exhibir los títulos o las certificaciones académicas acreditativas de que cumplen los requisitos exigidos por las normas legales, para el reconocimiento de sus estudios a efectos laborales. No es necesario, por tanto, ningún acto administrativo ni, en consecuencia, la intervención de ninguna Administración.

 

Equivalencias a efectos laborales (o profesionales) no recogidas en la normativa

Las solicitudes de equivalencias a efectos profesionales de otros estudios, no contempladas en el apartado anterior con el título de Bachiller, deberán ser dirigidas al órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente. (Art.6 de la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio)

  • Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio,  por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
  • Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo por la que se modifica la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

 

Esperamos que esta información os sea de ayuda a los que no teneis el titulo de bachiller y quereis acceder a esta oposicion.

 

Si tu intención es prepararte para unas oposiciones la mejor manera es dejar que te ayudemos nosotros

¿Que nos hace diferentes?

-Preparadores con titulación académica adecuada y amplia experiencia como opositor y como formador de opositores. Esto es una garantía para tu estudio porque la persona que te guía tiene empatía con tu situación y te sabe orientar en todos los campos de una oposición y no simplemente explicarte un temario. Todo tiene mas complejidad y hay estrategias mas efectivas que simplemente estudiarte un temario.

-Clases con número reducido de alumnos para tener un trato personalizado y adecuado. Nuestras clases tienen un numero muy limitado de alumnos porque nos gusta estar encima de los alumnos, conocerlos, adaptarnos a ellos, a sus circunstancias, orientarles lo mejor posible, y eso en clases grandes y masificadas no se consigue

-Temario propio, adecuado al nivel previo de la clase. No impartimos clases con libros estándar que son difíciles de aprender y muy costosos sino que los preparadores tienen un temario propio que van  actualizando según va cambiando la normativa y adaptan al nivel de cada clase e incluso al nivel de cada alumno con partes del temario reforzadas cuando algún alumno se “atasca” en algún tema. Por supuesto ese temario lo compartimos con nuestros alumnos sin coste.

-Horario optimizado para compatibilizarlo con trabajo u otras actividades. Las clases son optimizadas para que puedan ser cursadas por alumnos con carga de trabajo o que concilian la vida familiar. Son clases que están acompañadas de “deberes” y pruebas para hacer en casa y reforzar durante la semana lo que se imparte en el aula. Es muy dificil que alguien esté absorviendo todos los concepto que se ven en clase, entonces se explican y se enfocan actividades para el resto de la semana completarlos en casa, en la siguiente clase esas actividades se corriguen y se responden las preguntas que han surgido en casa.

-Amplias instalaciones, cómodas, con fácil aparcamiento. En el centro de Los Corrales de Buelna que es una localidad que está en el centro geográfico de Cantabria, para facilitar a todos los alumnos de la región que se acerquen por aqui a preparar sus oposiciones. Los alumnos tienen un especio adecuado de trabajo en un ambiente cómodo.

-Precio asequible y ajustado. Porque enfocamos el estudio de unas oposiciones como una carrera de fondo no queremos que el precio de las clases suponga un lastre para la economía de nuestros alumnos y que pueda ser asumido sin dificultad el tiempo que quieran estar con nosotros.

Te invitamos a que navegues por las paginas de nuestra web para seguir informándote de nuestro método o que nos contactes y te resolveremos las dudas por telefono en el 942 305 255 o en el mail academia@3catorce.es

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