Castilla y León aprueba
oferta empleo publico 2017
I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
C. OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA
ACUERDO 57/2017, de 28 de septiembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba la oferta de empleo público de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos para el año 2017.
El artículo 20 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, establece que las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que no puedan ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, serán objeto de oferta de empleo público cuya periodicidad será anual. El artículo 26 del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, aprobado por Ley 2/2007, de 7 de marzo, regula en términos similares la oferta de empleo público para personal estatutario. Todo ello, en el marco de lo dispuesto en el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
De conformidad con la normativa básica contenida en el artículo 19 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, la Ley 3/2017, de 4 de julio, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2017, en su artículo 14, fija la tasa máxima de reposición de efectivos en el cincuenta por ciento, salvo en determinados sectores en que se autoriza una tasa de reposición del cien por cien y que en el ámbito de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos son los siguientes:
- La consejería con competencias educativas para el desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en relación con la determinación del número de plazas para el acceso a los cuerpos de funcionarios docentes.
- La consejería con competencias sanitarias respecto de las plazas de hospitales y centros de salud del Servicio de Salud de Castilla y León.
- Las consejerías con competencias de control y lucha contra el fraude fiscal, laboral, de subvenciones públicas, y del control de la asignación eficiente de los recursos públicos.
- Las consejerías con competencias en asesoramiento jurídico y en la gestión de los recursos públicos.
- La consejería competente en prevención y extinción de incendios.
- La consejería con competencias en la asistencia directa a los usuarios de los servicios sociales.
- Las consejerías con competencias en gestión de prestaciones y políticas activas en materia de empleo.
- Las consejerías y entes con competencias respecto del personal de atención a los ciudadanos en los servicios públicos.
ANEXO II
CUERPO DE FUNCIONARIOS DOCENTES
CUERPO DE MAESTROS/ ESPECIALIDAD | ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL |
333 |
PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA (0590) | |||
ESP | ESPECIALIDADES | CON CARGO A TASA DE REPOSICIÓN DE EFECTIVOS | ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL |
1 | FILOSOFÍA | 7 | 3 |
4 | LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA | 90 | 35 |
5 | GEOGRAFÍA E HISTORIA | 68 | 27 |
6 | MATEMÁTICAS | 115 | 45 |
7 | FÍSICA Y QUÍMICA | 72 | 28 |
8 | BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA | 72 | 28 |
11 | INGLÉS | 79 | 31 |
17 | EDUCACIÓN FÍSICA | 25 | 10 |
19 | TECNOLOGÍA | 22 | 8 |
61 | ECONOMÍA | 32 | 13 |
105 | FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL | 12 | 4 |
TOTAL | 718 | 278 | |
996 |
Fuente: BOCYL.JCYL.ES