Publicados los CRITERIOS DE CORRECIÓN, VALORACIÓN Y SUPERACIÓN DEL PRIMER EJERCICIO además de los CUESTIONARIOS Y PLANTILLAS de las

Oposiciones Agentes Hacienda Pública convocatoria 2017

CRITERIOS DE CORRECIÓN, VALORACIÓN Y SUPERACIÓN DEL PRIMER EJERCICIO

Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública (Acceso Libre)

De conformidad con lo previsto en el punto 3.2 del Anexo II de la Resolución de 24 de octubre de 2017, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistemas de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública, el Tribunal Calificador ha acordado los criterios de corrección, valoración y superación del primer ejercicio para el sistema de acceso libre que no están expresamente establecidos en las bases de la convocatoria.

Las bases establecen:

  •   El primer ejercicio consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 100 preguntas de respuesta múltiple.
  •   Para cada pregunta se propondrán diversas respuestas, siendo sólo una de ellas la correcta. Los aspirantes marcarán las contestaciones en la correspondiente hoja de examen. Las respuestas incorrectas serán penalizadas.
  •   La puntuación directa del primer ejercicio se calculará conforme a la fórmula siguiente: A – [E / 4] (siendo «A» el número de aciertos y «E» el de errores). Las preguntas no respondidas o nulas no se computan.
  •   La duración máxima de esta prueba será de sesenta minutos.
  •   El primer ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos siendo necesario obtener un mínimo

    de 5 puntos para superarlo.

    El Tribunal Calificador, en el ámbito de las competencias que tiene atribuidas para el eficaz desarrollo y administración del proceso selectivo, acuerda:

  1. Superarán el ejercicio los opositores que obtengan las mejores puntuaciones directas hasta completar el número total de 938 opositores por el turno general y 62 opositores por el cupo reservado a personas con discapacidad (criterio 1), siempre y cuando su puntuación directa alcanzada sea igual o superior al 45 por ciento de la puntuación máxima obtenible (criterio 2).

    Mediante la aplicación estos dos criterios, el Tribunal establecerá la nota de corte del ejercicio. T odos los opositores con idéntica puntuación a la nota de corte se considerarán igualmente aprobados, aunque se supere entonces el número de opositores indicado en el primer requisito.

    No obstante, en el caso de no poder completar el número de aprobados indicados en el primer requisito se determinará la nota de corte igual al 45 por ciento de la puntuación máxima obtenible sin más requisitos, y todo aquél que supere o iguale dicha nota será considerado aprobado en el primer ejercicio, salvo que el Tribunal, para garantizar la continuidad del proceso de cobertura de las plazas convocadas determine otra nota de corte inferior.

  2. A efectos de publicación de la lista de aprobados, se transformará la puntuación directa del ejercicio a una escala de 0 a 10 puntos. Los opositores que tengan como puntuación directa la puntuación máxima obtenible, conseguirán la puntuación de 10 puntos. Por su parte, los opositores que aprueben con la nota de corte definida en el apartado anterior, obtendrán la calificación de 5 puntos. Finalmente, el resto de aprobados tendrá la calificación correspondiente entre estos dos valores, proporcional a la puntuación directa obtenida.